El artículo 15 de la Ley de Memoria Histórica insta a las Administraciones Públicas a tomar las medidas oportunas para la retirada, en el ámbito de sus competencias, de «escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura«.